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¿ES ILEGAL LA COMISIÓN DE APERTURA DE TU HIPOTECA? EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA CUÁNDO SE PUEDE RECLAMAR


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Seguro que has oído que la comisión de apertura que pagaste por tu hipoteca puede ser abusiva y que puedes reclamar su devolución. Pero, ¡cuidado! No siempre es así.


Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha dejado claro que no todas las comisiones de apertura son nulas y que no es posible dar una solución única para todos los casos. Para saber si puedes reclamar, un juez debe analizar tu contrato de forma individualizada, examinando dos aspectos clave:


1. El Control de Transparencia:


Esto significa que la cláusula debe ser clara y comprensible. El juez comprobará si el banco te informó correctamente antes de firmar y si en el contrato quedaba claro que era un pago único por los gastos de estudio y tramitación del préstamo.


2. El Control de Abusividad: Aunque sea transparente, la comisión no puede ser desproporcionada. Para decidirlo, se valora si el porcentaje que pagaste era razonable en comparación con la media de otras hipotecas en esa misma fecha.


En el caso analizado, el Tribunal consideró que la cláusula era válida porque superaba ambos controles.


En resumen: si el banco fue transparente y el coste fue proporcionado, la comisión es legal. Si no se cumple alguno de estos requisitos, podrías tener derecho a la devolución. Cada contrato es un mundo, por eso es fundamental que un abogado especializado revise tu documentación.


(Referencia: Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera de lo Civil, nº 964/2025, de 17 de junio de 2025)

 
 
 

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