top of page

¿Debo devolver la fianza si mis inquilinos se marchan antes de finalizar el arrendamiento?

Hola. Somos propietarios de una vivienda. La tenemos alquilada con contrato de alquiler desde noviembre de 2023 hasta noviembre de 2024. Los arrendatarios han decidido irse antes de tiempo, en agosto de 2024.. ¿Tengo que devolverle la fianza?


#elabogadoresponde #abogado #abogadodefamilia #josemanuelpiñero #derechodefamilia

Hola. Según establece la Ley de arrendamientos urbanos, resulta obligatoria la prestación de fianza en metálico que, en el caso de viviendas, asciende a una mensualidad de renta.


El objeto de dicha fianza es restituir al propietario de la vivienda de los desperfectos que el inquilino haya podido ocasionar.


Por lo tanto, en mi opinión, una vez comprobada la inexistencia de desperfectos en la vivienda o de alguna otra eventualidad que justifique su retención por el arrendador, la fianza deberá ser devuelta al arrendatario. Esto con independencia de que hubiese resuelto unilateralmente el contrato sin derecho a ello y deba indemnizar al inquilino, lo que tendrá que ser objeto de demanda civil.


De todas formas, como siempre suele ocurrir en Derecho, habría que analizar detenidamente su caso.


Saludos.


2 visualizaciones

Comentários


Entradas destacadas
Entradas recientes
Buscar por tags
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page