Siguen y siguen con los Ayuntamientos
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Siguen y siguen con los Ayuntamientos


Define la RAE el término eufemismo como “manifestación suave o decorosa de ideas cuya recta y franca expresión sería dura o malsonante”.

El Ministerio del Sr. Montoro ha elaborado un documento dónde resume sus pretensiones respecto a la reforma que pretende de la Administración Local –y que ejecutará, me temo-. Este documento lo titula “reforma para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local” (sic). Es la definición suave y decorosa de una reforma que pretende, dura y malsonantemente hablando, reducir el poder de los ayuntamientos, permitir el acceso a la función pública local sólo a los más pudientes, y todo ello reventando la autonomía local consagrada en la, cada vez menos nuestra, Constitución (art 140 y 142 CE; Erre que erre con los Ayuntamientos). Pretende, como dice el Profesor de Historia del Derecho de la Universidad de Sevilla, Sebastián Martín refiriéndose a las Autonomías (La Gran Regresión): cambiar las estructuras de la Administración retrotrayéndolas al estado decimonónico del siglo XIX y su “vetusto Estado de provincias”. Y ello bajo el prisma de la reducción de costes, argumento recurrente que hoy lo puede todo.

Uno de los elementos estrella para esa “racionalización y sostenibilidad” de la Administración Local es la supresión de sueldos a Alcaldes y Concejales. Ya decíamos en otro post que, a nuestro juicio, un Alcalde o Concejal no debiera cobrar más que un Secretario de Estado. Hasta ahí bien. Pero, suprimir sueldos y salarios, barrenando las posibilidades de acceso al poder político de aquellas personas que, por sus circunstancias personales y/o laborales no podrían dedicarse en exclusividad gratuita al ejercicio de tan honrosa tarea… Si no, piensen, por ejemplo, en el agricultor, el mecánico o el funcionario que no puede compatibilizar ambas profesiones (sí, no digo mal, profesiones); verían imposibilitado su acceso igualitario a la función pública consagrada en la Constitución (art. 9.2 CE). Ahora, piensen en quienes sí van a conservar la posibilidad de acceso a ambas tareas: el jefe de un gran despacho de abogados que dispone de profesionales que, en su ausencia, desarrollarán las tareas que dejase de desempeñar para dedicarse a la política; el consejero miembro de un Consejo de Administración de una gran empresa que, igualmente, dispone de la flexibilidad horaria necesaria para tales menesteres…Es decir, como agudamente en días de carnaval me explicaba un profesor universitario de Derecho, los lobbies que manejan hoy en día en España a los partidos políticos (a los grandes partidos opinaba yo).

Se trata de una medida que afecta, principalmente, a los consistorios de menos de 1.000 habitantes, dónde no cobrará ningún miembro del ejecutivo local. El objetivo principal está claro, y no es el de reducir costes (tan sólo prevé una reducción de 7.129 millones de euros, lo que representa un escaso 2% del total de gastos presupuestados en el año 2013 para el Estado -345.445.693,91 euros totales-; para los que consideren que un 2% de reducción de gastos no es una cantidad desdeñable, sepan que la deuda pública del Estado, dónde se incluye la amortización de préstamos y pago de intereses a bancos y cajas, suponen 101 mil millones de euros, cerca del 30% del total de gastos presupuestados).

El objetivo perseguido no es otro que el ya referido de dificultar el acceso al poder político de las clases menos pudientes, así como el recorte de competencias a los Ayuntamientos, todo ello bajo el paraguas del populista argumento del sueldo de los políticos (este concepto representa el 2% del total de los 7.129 millones de euros que se pretende ahorrar –El País- ) y, al que vamos a referir inmediatamente, la clarificación de competencias y la duplicidad de servicios públicos (ver una interesante opinión al respecto del que fuera durante doce años Alcalde de Carmona (Sevilla) y miembro de la Ejecutiva Federal de IU, Sebastián Martín Recio).

Y la solución que se pretende dar a esa clarificación (seguimos con los eufemismos) y duplicidad de competencias es transferirlas a las Diputaciones Provinciales, ese monstruo administrativo ubicado en el limbo de la Administración Pública, del que todos conocen su existencia pero del que nadie sabe a que se dedica, salvo a la contratación desmesurada de personal.

Grosso modo, la realidad competencial de los Ayuntamientos es la siguiente: los consistorios tienen encomendadas por ley la prestación de unos servicios obligatorios tales como recogida de basura, seguridad ciudadana, tráfico, protección civil, defensa del patrimonio, entre otras (art. 25 de la Ley de Bases de Régimen Local).

Pero, debido a la mayor cercanía que esta Administración tiene respecto a la ciudadanía, las competencias han ido aumentando por la vía de los hechos, asumiendo competencias -las llamadas impropias-, principalmente en materia de educación, bienestar social y consumo. Y esto lo han hecho los consistorios a base de ingenio, dada su endémica y precaria situación económica, sin recibir la financiación adecuada de aquellas Administraciones a las que les compete, la Administración Autonómica. Y, a pesar de todo, salvando las comprensibles deficiencias puntuales que se hayan producido, nadie se ha quejado de que deban ser las Administraciones Locales quienes asuman la prestación de los mismos. Es más, como queda dicho, la realidad de los hechos, el día a día en la gestión de estos servicios públicos, la presión ciudadana, ha motivado que deban ser los Consistorios los llamados a su prestación. Si ha habido alguna queja al respecto lo ha sido sólo para exigir una mayor financiación que mejorase estos servicios y que las competencias impropias fuesen reguladas por Ley. Pero vamos para atrás a pasos agigantados. Como me preguntaba sorpredente y socarronamente mi sobrina de nueve años colada “de extranjis” en la conversación con el profesor, ¿como los cangrejos, no, tito?. De lado no, sobrina, hacia atrás, pero vale igualmente.



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