Imágenes de la vida privada de otro: su publicación en las redes sociales podría acarrear consecuenc
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Imágenes de la vida privada de otro: su publicación en las redes sociales podría acarrear consecuenc


Una de las novedades que nos ha traído la reciente reforma del Código Penal de julio de 2015 ha sido la incorporación de un nuevo delito referido a la divulgación de imágenes o grabaciones privadas que, habiendo sido tomadas con el consentimiento de esa persona, el tomador no obstante las difunde sin dicho consentimiento (art. 197.7 CP), considerándose de especial gravedad cuando afectan a un menor o a tu propia pareja.

Se refiere el precepto a imágenes privadas tomadas en el domicilio de la persona o en otros ámbitos distintos pero que se encuentran "fuera del alcance de la mirada de terceros".

La pena prevista es de tres meses a un año de prisión o multa de seis a doce meses, eso sí, siempre y cuando la divulgación menoscabe gravemente su intimidad personal.

Al tratarse de un delito nuevo no existe jurisprudencia que defina lo qué debemos considerar como lugares "fuera del alcance de la mirada de terceros": ¿lo sería un reservado de un pub?, ¿el interior de un vehículo?,...; o qué tipo de imágenes y grabaciones menoscaban gravemente la intimidad personal de alguien: ¿lo serían aquellas en las que se ve el torso desnudo de un hombre?, ¿una noche de marcha en el domicilio con los amigos?... Y en el caso de los menores, ¿lo sería mostrar a estos semidesnudos bajo la ducha?...

Son todos ellos ejemplos de imágenes o grabaciones que suelen divulgarse en redes sociales como Facebook, de ahí la trascendencia que creo va a tener este nuevo tipo penal. En cualquier caso, teniendo en cuenta que el Código Penal es el reflejo de lo que en cada momento, como sociedad, consideramos cuáles conductas deben ser especialmente castigadas, al menos debería servirnos para recapacitar sobre si estamos haciendo un adecuado uso de las redes sociales.

A mi juicio, cada cuál es libre de airear de su vida lo que estime conveniente, según sus circunstancias o estados emocionales, pero creo que debemos hacerlo siempre y previamente pensando en aquellos cuya vida privada también divulgamos, sólo porque en esos precisos momentos su vida privada se está cruzando con la nuestra.



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