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Y SEGUIMOS CON LOS CONTRATOS EN FRAUDE DE LEY EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: PASAR A FIJOS CON O SIN PROCESO SELECTIVO

Recientemente publiqué un post acerca del debate que en el ámbito jurídico se está produciendo acerca de si un trabajador laboral indefinido de la Administración Pública, que no ha pasado por un proceso de selección previo sino que su laboralidad indefinida ha sido declarada por un juzgado, podría acceder a una plaza de laboral fijo directamente, sin proceso selectivo. He aquí mi post:





Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en su reciente sentencia de 14 de marzo de 2024 ya ha tenido ocasión de manifestarse al respecto y, como cabía esperar, dice que no. Que los principios constituciones de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público son principios constitucionales de obligado cumplimiento en nuestro Derecho Interno compatibles con las recientes resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que podría abrir tal posibilidad.

#abogadojosemanuelpiñero #comentariodesentencia #abogados

Se están interponiendo muchas demandas de trabajadores indefinidos de la Administración Pública exigiendo su conversión en laborales fijos (cuasi funcionarios) al albur de las resoluciones del TJUE. Hay de todo: quienes han sido colocados "a dedo" una y otra vez, quienes han pasado un pequeño proceso selectivo previo, quienes llevan trabajando más de treinta años en la administración... Pero parece que el asunto se les complica.


Desde luego, y eso está claro, el acceso a un puesto de trabajo en nuestras Administraciones Públicas deja bastante que desear en cuanto a ese respeto de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Y tiene que venir la Unión Europea, una vez más, a sonrojarnos.


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