¿Puedo dejar de pagar un préstamo?
CONSULTA: Buenos días. Durante años he estado dada de alta en el régimen de autónomos, teniendo todo al día. Durante la pandemia tuve que pedir un crédito ICO para poder seguir adelante durante los meses de encierro, fue un IOC de 6000€ de los cuales quedan pendientes de pago 3.554,48€.
En noviembre me di de baja en autónomos y pase a trabajar en el régimen general, pero el 30 de junio se me acabo ese contrato en el que estaba a jornada completa, y ahora tengo otro trabajo a media jornada, del que apenas cobro 734€ (pagas extras incluidas ) y por el que no puedo percibir subsidio por superar el SMI en 75€Tengo un hijo y mi marido también esta parado. Hay alguna forma de que pueda dejar de pagar ese préstamo?.
EL ABOGADO RESPONDE: Primero lo obvio, y es que usted está obligada a pagar el préstamo. Resulta difícil creer que, si ha hecho uso de este, no deba devolverlo.
Ahora bien, a diferencia de lo que se suele pensar, no sólo las empresas, también los particulares, pueden acogerse al llamado concurso de acreedores (segunda oportunidad).
Para los casos más graves cabe incluso la condonación total o parcial de ciertas deudas. En los más usuales se acuerda con los acreedores un calendario de pagos que facilite, tanto el cobro de la deuda, como la salida controlada de la situación deudora.
Le animo a que indague sobre esta vía. Un cordial saludo.
Fuente: iasesorate.com
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