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¿Por un hurto de 700€, una chaqueta, en un centro comercial he cometido delito de hurto?

PREGUNTA: Un hurto, dentro del centro comercial, me pillaron las cámaras y estoy pendiente de juicio, fue la primera vez que me ha pasado esto y no sé qué hacer, pasó en el mes de marzo.



EL ABOGADO RESPONDE: buenas tardes. Al tratarse de un hurto superior a los 400 euros estaríamos ante un delito —y no de delito leve —, para lo que el art. 234 CP prevé una pena de prisión de seis a dieciocho meses. De ser esta finalmente la pena de prisión que se le impute, inferior a los dos años, y al no tener antecedentes penales computables, según manifiesta, se suspendería su aplicación.


No obstante, y esto es muy importante, en cuanto al resultado final que se produzca en el proceso —su condena o absolución, el delito que se le impute, la pena o penas a imponer…— habrá que estarse al caso concreto. El abogado que le defienda, con el estudio previo de todos los hechos ocurridos y de la información existente en el expediente, estará en disposición de ofrecerle una defensa adecuada. Saludos.


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