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OJO COMUNIDADES DE VECINOS! DIFUNDIR GRABACIONES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD PUEDE SALIR CARO

Todos queremos sentirnos seguros en casa, y las cámaras de videovigilancia en las comunidades de propietarios son cada vez más comunes. Pero, ¿qué pasa si esas grabaciones se usan mal?


La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto una multa de 2.000 euros a una comunidad de vecinos. ¿La razón? La Presidenta accedió a grabaciones de un vecino, las filmó desde el monitor y las compartió por un grupo de WhatsApp con otros propietarios, ¡incluso con comentarios despectivos!


La AEPD ha dejado claro que:

Acceder y difundir estas imágenes sin una causa justificada y sin autorización es una infracción grave de la protección de datos (en concreto, del deber de garantizar la integridad y confidencialidad).


Aunque la infracción la cometiera la Presidenta, la responsable final es la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS como titular del sistema de videovigilancia. Ella es quien debe asegurarse de que hay medidas para que esto no ocurra.

No vale decir "la culpa fue de la Presidenta". La comunidad debe tener protocolos claros sobre quién, cómo y para qué se pueden ver esas imágenes.


Este caso nos recuerda lo importante que es respetar la privacidad. Las cámaras están para la seguridad, no para cotillear ni para señalar a nadie. Si en tu comunidad hay cámaras, aseguraos de que se cumplen las normas de protección de datos. ¡Puede evitaros una buena multa y problemas mayores!

¿Sabías que tu comunidad podría ser responsable en estos casos? ¡Comparte esta información!

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