Límites a la indagación del juez en la búsqueda de la verdad
top of page

Límites a la indagación del juez en la búsqueda de la verdad

En el proceso penal rige un principio según el cuál el juez tiene como objetivo último conocer y trasladar a la sentencia la VERDAD de lo ocurrido -verdad material, frente a la verdad formal que rige en el proceso civil, donde el juez civil emitirá su fallo a favor de las pretensiones de una u otra parte en base a lo que cada cuál haya conseguido acreditar en juicio, con independencia de la verdad-. Son conceptos que, sin duda, resultan difíciles de entender para los profanos, pero que, créame, tiene su lógica y razonabilidad.


Traigo a colación esta consideración a raíz de una noticia aparecida en el diario La Vanguardia. Así, la Comisión de Ética Judicial del Consejo General del Poder Judicial, en respuesta a una consulta elevada por un magistrado, considera que los jueces penales, en la búsqueda de esa VERDAD, de ese conocimiento de lo que realmente ocurrió, deben limitarse a tener en cuenta las pruebas que existan en el seno del proceso (documentos, declaraciones de acusados, testigos y peritos,...), no siendo recomendable que busquen la verdad por otros caminos...digamos más prosaicos para la justicia, tales como publicaciones en redes sociales, prensa o revistas.


Quienes nos dedicamos al Derecho podemos entender esta recomendación de la Comisión de Ética Judicial -existen otros muchos principios en el proceso penal que igualmente deben ser salvaguardados-, pero difícilmente va a ser entendido por el ciudadano medio, destinatario último de la justicia. Igual está usted preguntándose: ¡hombre, si un juez tiene noticias de hechos relacionados con el asunto que está enjuiciando, pongamos por caso, a través de la prensa o redes sociales, ¿por qué no lo va a tener en cuenta a la hora de condenar o absolver a una persona?!.


Bueno, yo no tengo la respuesta a tal disyuntiva, pero esta sencilla cuestión puede servirnos para hacernos una idea de la difícil tarea que, día a día, tienen por delante nuestros jueces en general y los jueces de lo penal en particular. Si no, póngase en situación: usted debe condenar o absolver a los integrantes de "la manada", por eso del enorme debate social que se ha producido entorno, pero debe hacerlo sin influencias externas de ningún tipo, fíjese, con todo lo que se ha dicho y desdicho sobre este asunto, a través de todos los canales habidos y por haber, con opiniones a favor y en contra. Difícil tarea, ¿no le parece?. Sin embargo, así debe hacerlo el juez, pues el respeto y la salvaguarda, entre otros muchos, de los principios de igualdad de armas, el derecho de defensa, el derecho a un proceso justo y con todas las garantías, está en juego.

35 visualizaciones
Entradas destacadas
Entradas recientes
Buscar por tags
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page